INDEMNIZACIONES POR INVALIDEZ Y MUERTE

INDEMNIZACIONES POR INVALIDEZ Y MUERTE

El dia 5 de mayo de 2009 se le envio un oficio al Sr. Rector Magnifico de la UPM para que la indemnizacion por muerte se realice de oficio. Facilitando las gestiones a realizar por parte de los herederos legales.

Si deseas ver el oficio pincha aqui

A lo que nos contesta el Sr Gerente de la UPM ( seguimos sin entender que los oficios enviados al Sr Rector sean contestados por terceras personas) " el abono de estas cantidades se vienen realizando con la mayor celeridad posible y siempre dentro de los 30 dias siguientes a aquel en que se tiene constancia fehaciente del hecho causante y de los beneficiarios de la prestacion..."

Una vez mas no hemos sabido expresarnos con claridad, QUE LO QUE QUEREMOS ES QUE SE HAGA DE OFICIO, y despues de leer la contestacion dada por el Sr. Gerente de la UPM no nos queda claro si es asi o no.

MIRA YA LO SABEMOS HAY QUE PEDIRLO, no se hace de oficio.

Pues ya sabes hay que aleccionar a nuestros herederos legales para que lo pidan en tiempo y forma.

OS RECORDAMOS que es muy importante rellenar la hoja en la que se nombran a tus herederos legales, esta el la web de la UPM, pero si teneis problemas para encontrarla os la enviamos.

[link opens in new window] Enlace al documento

A-Prompt Version 1.0.6.0 checked. WAI level 'triple A'd