Tras la firmeza de la sentencia del Tribunal Supremo en la que se reconoce el derecho del PDIL a tiempo parcial a someter a evaluación la actividad docente en periodos de 5 años, sin coeficientes reductores, y a percibir el complemento salarial correspondiente en una cuantía que varía según la figura docente y la dedicación desarrollada , el pasado 19 de noviembre, en la Comisión Paritaria de Seguimiento, Desarrollo e Interpretación del I Convenio del PDIL, se alcanzó un principio de acuerdo con relación a la convocatoria del año 2025 en el sentido de:
a) Incluir en las convocatorias de evaluación de la actividad docente del año 2025 el derecho del PDI Laboral a tiempo parcial a someter su actividad docente realizada cada 5 años sin aplicar coeficiente de reducción alguno.
b) En caso de evaluación positiva, el PDI Laboral a tiempo parcial tendrá derecho a adquirir y consolidar por cada una de ellas un complemento por méritos docentes.
Este compromiso se ha materializado en las diferentes convocatorias publicadas hasta la fecha en cada universidad. A través del enlace a CCOO Informa nº 1/2026 puedes acceder a un esquema de cómo se han venido definiendo en cada Universidad
En la próxima reunión de la Comisión Paritaria, prevista para el próximo 20 de enero, intentaremos cerrar las dos cuestiones que quedan pendientes:
- Las cantidades a aplicar en función de la dedicación docente.
- La aplicación directa de la sentencia al PDIL laboral temporal a tiempo parcial que haya obtenido una evaluación positiva desde la primera convocatoria que reconocía este derecho.
Esperamos poder alcanzar un acuerdo que permita avanzar en la solución de esta materia y cerrar un proceso cuya demanda judicial iniciamos hace ya nueve años. En todo caso, si fuera necesario, no renunciamos a llevar nuestras reclamaciones a los ámbitos correspondientes.
