Los órganos de representación del PTGAS, tanto la Junta como el Comité de Empresa, han votado favorablemente, por unanimidad, las actualizaciones del Calendario Laboral y del Reglamento de Teletrabajo.
En el proceso negociador se ha conseguido que en los documentos, que en esencia son continuidad de los anteriores, se mejoren los siguientes aspectos que entendemos, y así lo hemos apoyado desde CCOO, benefician mayoritariamente a la plantilla de PTGAS:
CALENDARIO LABORAL:
Cortesía:
- Jornada continuada: 30 minutos en la salida del turno de mañana y en la entrada en el de tarde.
- Jornada partida: 10 minutos a la salida.
Conciliación:
A diferencia de años anteriores, para jornada intensiva de 1 de junio a 30 de septiembre, para quienes acrediten atención,
- de hijos/as o personas sujetas a su tutela o acogimiento hasta 12 años de edad inclusive.
- de familiares a cargo convivientes con la persona que lo solicita, con un 33 % de discapacidad o más, sin límite de edad.
no es necesario acreditar ningún otro requisito relacionado con este derecho individual.
Días no lectivos Navidad:
En Unidades o Centros que deban mantener su actividad durante estos días, para quienes tengan que cubrir dichos turnos, se extiende el periodo de disfrute de los días que lo compensan hasta el 31 de marzo del año siguiente (2026).
Cierre en agosto:
Máximo de dos semanas, no más. Estas dos semanas no figuran acotadas en el Calendario.
TELETRABAJO:
Se reduce el tiempo para poder solicitar el teletrabajo cuando, contando con autorización previa de teletrabajo, se trata de un cambio de puesto de trabajo:
- Cuando se pase a ocupar un puesto de trabajo dentro la misma dependencia funcional: máximo 15 días según criterio de la persona responsable de la unidad.
- Cuando se pase a ocupar un puesto de trabajo con funciones similares o equivalentes: 1 mes.
- Para el resto de situaciones: 2 meses.
Una vez más, desde CCOO resaltamos la importancia de la negociación conjunta de ambos colectivos de PTGAS para estos asuntos. Asimismo, reseñamos el posicionamiento de consenso entre las organizaciones sindicales en el seno de los propios órganos de representación.